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Plazo hasta el 20 de Enero de 2014

Recordamos que el próximo 20 de enero, además de la obligación de pago mensual, vence el plazo para la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral y recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2013. La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendario y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período. Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite. El pago de la nueva categoría, de corresponder, deberá efectuarse desde el mes de febrero de 2014 (vencimiento: 20 de febrero de 2014). Fuente: AFIP